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Ayer se publicó en el BOE la reforma del Reglamento de Vehículos con el objetivo de modernizar y descarbonizar el transporte de mercancías y que permite la circulación de los megacamiones de hasta 44 toneladas sin autorización previa y con límites ampliados hasta las 72 toneladas y 32 metros de longitud; las asociaciones profesionales ya han manifestado sus cautelas.
La normativa ahora aprobada cumple con el mandato dado al Gobierno de modificar el Reglamento General de Vehículos para la mejora de la sostenibilidad ambiental, establecido en la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística y que incluye los acuerdos alcanzados entre el Comité Nacional del Transporte por Carretera, CNTC, y Transportes, por los que en contraprestación, se aceptó el desarrollo de esta normativa de optimización del uso de la carretera.
El contenido del Reglamento de Vehículos simplifica el uso y autorización de diversos tipos de conjuntos, como los Euro modulares, aliviando con ello las cargas burocráticas que afrontan las empresas del sector y reducirá la presencia de vehículos pesados en las vías.
Entre las principales novedades destaca el aumento de la masa máxima autorizada de 40 a 44 toneladas para los conjuntos de vehículos de cinco o más ejes, pudiendo incrementarse en 2 toneladas más cuando se trate de operaciones de transporte intermodal.
También se contemplan incrementos específicos de la masa máxima autorizada según el tipo de vehículo o conjunto y de la longitud máxima autorizada de los conjuntos articulados para el transporte de elementos longitudinales indivisibles. Otra de las medidas destacadas son las modificaciones previstas para los conjuntos euro modulares, para los que se elimina la obligación de obtener una autorización para permitir su circulación.
A partir de ahora se incrementan los valores de masa y longitud máxima de conjunto autorizada hasta las 72 toneladas y 32 metros y, además, estos conjuntos podrán circular libremente, conforme a los requisitos técnicos que la Jefatura Central de Tráfico, por la red de itinerarios que, la autoridad competente en materia de seguridad vial apruebe. Fuera de esta red de itinerarios la circulación de los euros modulares no estará permitida y, en caso de que precisen utilizar un tramo de carretera que no forme parte de la misma, deberán dividirse para formar un conjunto articulado o tren de carretera.
También se amplía la altura máxima permitida hasta los 4,5 metros para determinados tipos de transporte, concretamente el de paja, animales vivos y el suministro de proveedores a industrias situadas a menos de 50 kilómetros.
Reacciones
La Confederación Española del Transporte de Mercancías, CETM, ha señalado que “la CETM siempre se ha mostrado recelosa de la implantación de las 44 toneladas debido al impacto que puede tener sobre los costes de explotación en un sector con una estructura empresarial muy atomizada y con un reducido margen de rentabilidad. De hecho, diversos estudios revelan que su puesta en marcha supondría un aumento medio de los costes por vehículo en euros/km superior al 8% debido al mayor número de toneladas transportadas”.
Desde el CNTC, la CETM reclamó en su momento la necesidad de incluir una disposición en la que se estableciera que “los contratos continuados de transporte deben adecuarse teniendo en cuenta los mayores costes de operación incurridos por el transportista. De hecho, en las reuniones mantenidas, el Ministerio incluyó en el borrador de la norma esta cláusula que, sorprendentemente, no se ha incorporado en la redacción final publicada en el BOE”.
La patronal del transporte señala que desde “la CETM consideramos inadmisible que no se haya recogido esta garantía ya que, si no se establece de manera clara que los sobrecostes no pueden ser asumidos en exclusiva por el transportista, esta medida deja de ser equitativa y se convierte en una ventaja para los cargadores y un perjuicio para los transportistas los cuales, por el escaso poder de negociación que tienen en el mercado, necesitan que cualquier cambio que afecte a los costes operativos de sus empresas venga acompañado de mecanismos que aseguren su repercusión efectiva en la cadena de valor o estaremos poniendo en peligro la viabilidad de empresas y autónomos del sector”.
La CETM reclama al Ministerio de Transportes que “se respeten los acuerdos alcanzados, corrija esta omisión y se incorpore de forma obligatoria esta cláusula en la normativa. En este sentido, queremos trasladar también a los cargadores que no se pueden transportar más toneladas sin reconocer el impacto que esto tiene en los costes de explotación: mayor desgaste de vehículos, frenos y neumáticos, incremento del consumo de combustible y de los tiempos de carga y descarga, mayores exigencias técnicas y, en definitiva, un aumento importante del coste para los transportistas que debe ser justamente recompensados. Especialmente, si tenemos en cuenta que, aunque todos estos costes sean adecuadamente contemplados, el aumento de la MMA hasta las 44 toneladas supondrá una mejora de la productividad de los cargadores al reducir el coste por tonelada transportada en aproximadamente un 9%”.
Por último, se destaca que “la entrada en vigor de las 44 toneladas se verá limitada por la imposibilidad de aplicarla al transporte internacional ante la falta de armonización en la Unión Europea. En definitiva, la CETM siempre ha cumplido con sus compromisos y ahora exige que el resto de las partes cumplan con lo acordado. La incorporación de una cláusula de adaptación de los contratos no es opcional: es una condición imprescindible para la aplicación justa y equilibrada de esta medida”.
Menos impacto
Por otra parte, Fenadismer, patronal esencialmente formada por pequeñas y medianas empresas de transporte ha señalado que “la medida del aumento de tonelaje a 44 t tendrá un impacto limitado en España, según el resultado de diferentes informes realizados en la materia, correspondiendo al transporte de combustibles, minerales y materiales de construcción principalmente, lo que se estima que afectará a aproximadamente un máximo del 12% del total de kilómetros recorridos en el conjunto del transporte de mercancías por carretera en España y una reducción estimada del consumo de diesel del entorno del 8,0%, coincidiendo con una fase expansiva de la economía española, lo que será previsiblemente absorbido de forma ordenada en el mercado del transporte por carretera en nuestro país, como así ha ocurrido en los países de nuestro entorno donde dicha medida está implantada”.
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