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Los transportistas del gasóleo profesional deberán, como cada año, actualizar sus vehículos en el censo de beneficiarios y declarar a la Agencia Tributaria los kilómetros recorridos durante el año pasado antes del 31 de marzo.
Antes del 31 de marzo deberán estar presentadas las declaraciones kilométricas anuales para justificar ante la Agencia Tributaria los consumos de combustible para obtener las compensaciones del Gasóleo Profesional.
El Ministerio de Hacienda trabaja en la posible eliminación del gasóleo profesional para el sector del transporte por carretera, según ha confirmado recientemente la subdirectora General de Impuestos Especiales y Tributos sobre el Comercio Exterior y el Medio Ambiente.