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Las empresas que estén temporalmente activas como proveedores de servicios en los Países Bajos deberán registrar a sus empleados a partir del 1 de marzo, a través de un sistema digital que ha puesto en marcha el Ministerio holandés de Asuntos Sociales y Trabajo. El deber también será para los trabajadores por cuenta propia. De esta manera, los Países Bajos se acogen a la ley sobre los trabajadores desplazados de la Unión Europea que entró en vigor el 18 de junio de 2016, por la que los trabajadores tienen derecho a seguir las condiciones de empleo establecidas allí, en cuanto a salario mínimo, tiempos de descanso, trabajo seguro, etc. se refiere, detallan desde CETM.
El proceso debe realizarse en los casos en los que se transportan mercancías entre dos puntos de los Países Bajos (cabotaje), o si se carga o descarga en los Países Bajos como parte de un transporte internacional, y es obligatorio realizar la notificación de dicho trabajo antes de que se lleve a cabo. En el caso del transporte de mercancías por carretera se puede realizar una notificación anual para las empresas que trabajan en el extranjero, autónomos del sector del transporte de mercancías por carretera o en caso de que se proporcionen servicios en nombre de un cliente o empresa de los Países Bajos.
Las notificaciones se podrán realizar a partir del 10 de febrero en el portal en línea holandés, pero no será hasta el 1 de marzo cuando deban realizarse obligatoriamente. A partir de esa fecha, en caso de no se realicen, se cumplimenten tarde o con errores, las autoridades podrán sancionar con una multa de hasta 12.000 euros tanto a los proveedores de servicios como a sus clientes.
Los datos que se han de verificar son: información de la empresa, datos del cliente, industria en la que opera, la dirección del lugar de trabajo, la duración estimada de la actividad, identidad del responsable del pago de los salarios, identidad de los empleados potenciales y la certificación del pago de las contribuciones. Pero, además, en el caso del empleador (y no del autónomo), debe tener una persona de contacto en los Países Bajos que será la que establezca contacto con las autoridades holandesas en caso de inspección. Cabe destacar que solo las personas físicas pueden ser personas de contacto y deberán estar autorizadas para enviar y recibir documentos sobre la notificación. Los datos ingresados serán recibidos por la Inspección de Asuntos Sociales y Empleo (SZW), el Sociale Verzekeringsbank (SVB) y la administración holandesa de Impuestos y Aduanas.
Pasos a seguir para realizar una notificación
A la hora de notificar los desplazamientos, el empleador deberá acceder al portal en línea mediante su correo y contraseña. Una vez que haya realizado la notificación, la recibirá el destinatario del servicio en los Países Bajos que tendrá que comprobar los datos. En caso de que haya errores, se informará al empleador mediante correo electrónico y este tendrá que corregir la notificación y volverla a enviar.
Si se diera la situación de que se produzcan cambios en un servicio sobre el que ya se ha hecho la notificación, por ejemplo, si el trabajo se extiende más tiempo, también se deberá realizar el cambio en la notificación a través del portal.
En caso de que la notificación sea correcta, al empleador le llegará un email de confirmación y no tendrá que realizar ningún trámite más. Eso sí, también están obligados a tener disponible cierta documentación en el lugar de trabajo holandés, aunque sea en versión digital. Se trata del contrato de trabajo, los recibos salariales, el certificado A1 y los comprobantes de pago de la Seguridad Social.
Valoración de CETM: otra carga administrativa
La valoración de CETM de esta novedad hace hincapié en que se trata de otra carga administrativa más para las empresas del sector del transporte de mercancías. Y que refleja que a pesar de los esfuerzos que se están llevando a cabo por armonizar el sector del transporte de mercancías con la aprobación del Paquete de Movilidad, el escenario sigue siendo enrevesado para las empresas cuando algunos países, como ocurrirá con Países Bajos, optan por seguir su particular sistema, que no se corresponde con la búsqueda del equilibrio que se pretende llevar a cabo a través de ese paquete de medidas.
Fenadismer lamenta su no aplicación en España
La medida tomada en Holanda ha sido valorada positivamente por Fenadismer, que lamenta que la legislación española continúa exceptuando de la aplicación de la misma a los servicios de transporte realizados por empresas de transporte extranjeras en España si no superan los ocho días de duración.
Para la organización que preside Julio Villaescusa, la iniciativa de Holanda, que se suma a la ya vigente en Alemania, Francia, Italia, Austria, Luxemburgo, Bélgica, Islandia y Noruega "persigue una competencia más justa y evitar con ello las prácticas de dumping social y competencia desleal motivadas por empresas de terceros países que desplazan a trabajadores a los Países Bajos".
Y es que por medio de la denominada WagwEU, los Países Bajos exigirán a partir del 1 de marzo de 2020 el cumplimiento de la normativa sobre desplazamiento de trabajadores, estableciendo de este modo que todas aquellas empresas que de forma temporal desplacen a sus trabajadores a dicho país, deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias que el Ministerio de Trabajo de los Países Bajos establece respecto al pago del salario mínimo holandés, entre otras cuestiones, que está fijado en 1.653,60 euros mensuales.
Esta regulación afectará por tanto a las empresas de transporte españolas que desplacen temporalmente a sus conductores a los Países Bajos, tanto en aquellos transportes que tengan como origen o destino los Países Bajos, como a las operaciones de cabotaje dentro de territorio holandés, quedando excluidos únicamente los denominados transporte en tránsito.
Con todo, en Fenadismer destacan que "esta anomalía", en referencia a la normativa española será subsanada con ocasión de la próxima aprobación del Paquete Legislativo de Movilidad que tramita la Unión Europea, que establece una regulación uniforme a nivel europeo sobre el desplazamiento de trabajadores en el sector del transporte por carretera, a aplicar desde el primer día de realización del servicio de transporte.
Así, "una vez sea aprobado definitivamente en las próximas semanas el Paquete de Movilidad, Fenadismer exigirá al nuevo Gobierno español lleve a cabo con carácter inmediato la trasposición de la citada normativa europea a fin, entre otros, de mitigar el impacto que sufre el sector español del transporte por carretera por la competencia desleal que ejercen las empresas deslocalizadas en países del Este de Europa, las cuales ya controlan una cuarta parte del transporte internacional con origen o destino en nuestro país".
Bajo el lema “La seguridad empieza por estar informados” la Alianza de Auxilio en Carretera e Ima Ibérica pretenden alertar de la importancia que tiene que tanto los conductores como los operarios de grúas conozcan reglas básicas para promover la seguridad.
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