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Carretera

Francia multará con hasta medio millón de euros el incumplimiento del salario mínimo en cabotaje o transporte internacional

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Antes del inicio del servicio, el empresario deberá presentar una declaración de desplazamiento, cumplimentada en francés, a la Delegación territorial del Ministerio de Trabajo galo.

Las multas que impondrá Francia como consecuencia del incumplimiento por parte de los transportistas extranjeros que realicen cabotaje o transporte internacional (con origen o destino en ese país) en su territorio, de la nueva normativa sobre desplazamiento de trabajadores, podrán alcanzar un máximo de 500.000 euros a razón de 2.000 euros por trabajador (o 4.000 si hay reincidencia).

La aprobación del Decreto 2016/418, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, supone la obligación de que las empresas transportistas deban acreditar que sus conductores profesionales perciben al menos el el salario mínimo interprofesional vigente en dicho país, que está establecido en 1.457,52 euros mensuales.

De cara a cumplir esta obligación, Francia ha establecido un procedimiento que implica una serie de trámites que han sido detallados por la organización Fenadismer. Así, antes del inicio del servicio, el empresario deberá presentar una declaración de desplazamiento, cumplimentada en francés, a la Delegación territorial del Ministerio de Trabajo galo correspondiente al lugar donde se va a realizar la prestación del servicio. Dicha declaración deberá ser remitida bien por correo certificado, fax o por vía electrónica, aunque se prevé que en el futuro sólo se pueda llevar a cabo en línea a través de la página web oficial de la Administración francesa www.service-public.fr.

Esta declaración contendrá la siguiente información y documentación adjunta: relación con la identidad de todos los trabajadores que desea desplazar a Francia, ya sean nacionales de la Unión Europea o de otro Estado; Carta de motivación de la contratación de los empleados y detalle de las funciones ejercidas; Copia del pasaporte o documento de identidad de cada empleado; Curriculum vitae de cada empleado, si la actividad está sujeta a condiciones reglamentarias específicas (o bien cualquier otro justificante de su cualificación: diploma, título, etc.); Copia de la última liquidación pagada correspondiente a las cotizaciones laborales; Indicación de los datos completos tanto de la empresa transportista como de su cliente, así como de la remuneración de cada empleado desplazado y de su lugar de alojamiento.

Al mismo tiempo, el empresario deberá designar por escrito un representante en Francia, indicando sus datos de contacto, duración de la representación designada y el lugar de conservación de la documentación. Dicho representante será quien actúe de forma directa, en nombre de la empresa transportista, ante la inspección de trabajo, la policía y la Administración tributaria, para lo que deberá custodiar la documentación antes referida.

Por su parte, el cliente de la empresa transportista deberá comprobar que ésta ha cumplido con las obligaciones antes referidas, para lo cual deberá solicitarle copia de la declaración de desplazamiento y del documento de designación del representante en Francia. Si la empresa transportista no facilita tal documentación, el cliente deberá enviar, dentro de las 48 horas siguientes al inicio del servicio, una declaración a la inspección territorial de Trabajo correspondiente al lugar de prestación del servicio.

Tras conocerse estos detalles sobre la aplicación de la polémica normativa, está previsto que el próximo 22 de junio las organizaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera mantengan una reunión en la Embajada francesa en Madrid para tratar de resolver las múltiples dudas en relación a la próxima aplicación de la referida regulación francesa sobre desplazamiento temporal de trabajadores en dicho país, avanzan desde la organización que preside Julio Villaescusa.

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