Carretera

Aragón multa con más de 184.000 euros a una falsa cooperativa de transporte

“Es necesario que garanticemos que el servicio de transporte se preste ajustándose a la legislación para evitar la competencia desleal”, ha afirmado el director general de Transportes de Aragón, Gregorio Briz.

La Dirección General de Transportes del Gobierno de Aragón ha sancionado con 184.052 euros a una cooperativa de transportes radicada en la región “cuyo funcionamiento, sin embargo, no responde al régimen jurídico de aplicación a las cooperativas de transportes a pesar de que se presenta como tal”.

La entidad sancionada, de la que no ha trascendido el nombre y que ha recurrido la multa, recibió -tras ser denunciada- una visita de los servicios de inspección del transporte del Ejecutivo autonómico, que detectaron “infracciones que vulneran la naturaleza misma de las cooperativas de transporte”.

Desde el Gobierno aragonés recuerdan que las cooperativas “tienen como objeto proporcionar a sus socios puestos de trabajo, mediante su esfuerzo personal y directo, a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes y servicios para terceros. La cooperativa es quien ostenta la autorización para ser transportista y, por tanto, es quien tiene que contratar y facturar en nombre propio, y asumir las responsabilidades que de ello se derivan”, subrayan desde el Ejecutivo autonómico.

Sin embargo, cuando cada uno de sus socios se incorporaba a la sociedad, la “falsa cooperativa” sancionada les obligaba a firmar lo que ella misma denomina “contrato de adhesión, afectación y exoneración de responsabilidad”. En dicho documento “se recogen las cláusulas con las que la cooperativa reniega de su propia condición de transportista y obliga al socio a asumir todas las obligaciones derivadas de ello”, citan fuentes de la Administración autonómica.

Hechos probados
Textualmente, la entidad multada reconoce que “cada vehículo está afecto al socio, generando una unidad de explotación diferenciada, siendo ésta de su responsabilidad en cuanto a obligaciones de todo género, incluyéndose las de ámbito fiscal, laboral y cualesquiera otras que se generen frente a terceros por el uso del vehículo”.

A su vez, donde la cooperativa debiera contratar en primera persona “se exige que deberá figurar el socio como parte del contrato, siendo nulo todo documento en el que figure la cooperativa, reconociendo ésta que es del socio la propiedad y todas las obligaciones de dicho vehículo”.

Y reitera que “el socio asume personalmente las responsabilidades dimanantes que se deriven del uso y circulación del vehículo, incluidas la infracciones como propietario asegurado, siendo el obligado al pago del importe de las primas correspondientes”.

La falsa cooperativa sostiene además que “no será responsable de devoluciones o impagos que se pudieran producir como consecuencia de la relación socio-cliente-cooperativa, no pudiéndose reclamar a la misma cantidad alguna por ninguna de las partes intervinientes. En todo caso será el socio cooperativista quien vendrá legitimado para poder reclamar al cliente cualquier impago, así como, será el único deudor frente a cualquier entidad que genere su relación comercial”.

El Gobierno aragonés subraya que “la legislación permite a la sociedad cooperativa optar, en sus estatutos, entre asimilar a sus socios como trabajadores afiliados al Régimen general o en el Régimen de autónomos. En este último caso, son las cooperativas quienes asumirán la obligación del pago de las cuotas y obligaciones de los socios durante sus periodos activos y, no el socio, como se indica en el contrato de adhesión, afectación y exoneración de responsabilidad”.

Competencia desleal
El Ejecutivo regional sostiene que ésta es “una forma de operar en el mercado que acaba por crear una competencia desleal y que ha sido denunciada en múltiples ocasiones por asociaciones de transportistas como Tradime”.

El propio director general de Transportes de Aragón, Gregorio Briz, ha reconocido que “es necesario que garanticemos que el servicio de transporte se preste ajustándose a la legislación, por un lado, para evitar la competencia desleal entre las empresas transportistas, pero, además, porque muchas de las infracciones que detectamos en transporte implican la pérdida de derechos laborales de quienes prestan los servicios además de falta de protección para las empresas que sí cumplen con la normativa”.

La Dirección General de Transportes de Aragón ha advertido además a la empresa sancionada de que “las infracciones que se imputan pueden conllevar la pérdida del requisito de honorabilidad del transportista y/o del gestor de la empresa según lo dispuesto en el Anexo I A del Reglamento de Ordenación de los transportes terrestres”.

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